LA FERTILIZACION ASISTIDA EN LOS PLANES MEDICOS OBLIGATORIOS PRONTA A SER LEY.

LA FERTILIZACION ASISTIDA EN LOS PLANES MEDICOS OBLIGATORIOS PRONTA A SER LEY.

La ley garantizará el acceso igualitario a los tratamientos de fertilización asistida al incorporarlos al Plan Médico Obligatorio. Establece que las obras sociales, las empresas de medicina prepaga y el sistema de salud público deben brindar los tratamientos necesarios para conseguir el emabrazo sin costo añadido para los pacientes. Los procedimientos incluyen las técnicas de alta y baja complejidad que impliquen o no la donación de gametos o embriones.
Al mismo tiempo, el Ministerio de Salud contará con una partida presupuestaria para realizar campañas sobre la temática en todo el país y deberá capacitar a los médicos en este tema.
La ley no exige que las personas estén en pareja para acceder al tratamiento ni establece límites de edad o discriminaciones por género.

PROYECTO DE LEY COMPLETO: http://www.parlamentario.com/bank/uploads/0048-D-11.pdf

CUOTA ALIMENTARIA

CUOTA ALIMENTARIA

Alimentante que ejerce la profesión de médico. Considera que el ejercicio de una profesión bien remunerada por parte del alimentante, la titularidad de bienes inmuebles y automotores y la ayuda económica que puede afrontar respecto de sus otros hijos, son indicios demostrativos de que sus posibilidades económicas superan las admitidas mediante la prueba informativa. Entiende que, como dicha profesión es una actividad cuyos ingresos no son constantes y pueden fluctuar por distintas razones, al fijar el monto de la cuota deben sopesarse eventuales períodos con descenso de ingresos. Señala que el padre conviviente compensa su obligación con el cuidado y atención derivados de la tenencia, como también con los diversos gastos menores que cotidianamente debe efectuar.
FALLO COMPLETO:http://www1.infojus.gov.ar/jurisprudencia/NV5135-c_c_i-buenos_aires-2013.htm;jsessionid=160ujrhpbwkfu1hj1jeulkromf?0